Resumen: La Audiencia confirma la sentencia que absolvió al acusado de un delito leve de injurias. La apelante invoca error en la valoración de la prueba en relación a las circunstancias y propósito de las expresiones que las considera descalificadoras y menospreciativas, al contrario que la sentencia de instancia. La Sala confirma el juicio valorativo de instancia al entender que las expresiones proferidas se enmarcan en la mala relación que determinó el divorcio y la tensión generada en el acusado por la falta de contacto con su hijo por decisión unilateral de la madre. La motivación que contiene la sentencia no es irracional ni arbitraria lo que impide la declaración de nulidad, única alternativa posible al tratarse de una sentencia absolutoria y basarse la impugnación en el error en la valoración de la prueba. Se destaca el carácter circunstancial de este delito y los matices que diferencian la injuria de la vejación injusta.